Rosa Sophía Rodríguez ha publicado el siguiente y oportuno comentario en el foro Cinemaperú:
"En el Proyecto de Ley Procine y de Masificación del Cine (Capítulo III, Artículo 12, inciso c ) se dice en el que es deber de las empresas distribuidoras “Brindar asesoría comercial a las películas y proyectos cinematográficos nacionales, tanto en el análisis de guiones como en estrategias de lanzamiento y distribución, a aquellos que hayan obtenido los premios establecidos en la Ley 26370, así como a los que obtengan opinión favorable del CONACINE u otras instituciones que se establezcan en el reglamento.”
Pregunto, ¿Los distribuidores se convertirán en consultores de guiones?
Si es así ¿En qué marco se dará esta asesoría? ¿En las oficinas de la distribuidora o montarán talleres de “clínicas de guión” con alguna universidad o institución?
Sinceramente no me imagino a los distribuidores dando asesoría de guión. ¿Se les pagará por eso? ¿Será ad honorem? ¿Tienen formación como para dar “asesorias de guiones”?
La fórmula es un poco extraña. La única vez que vi a un distribuidor dando opiniones sobre el guión de una película en proceso fue en “Habana Blues" de Benito Zambrano. Estábamos en el final de la mezcla y un representante de la distribuidora (una major) dijo que habían hecho un focus group y que lo conveniente era cambiar la música de la película (plop) ya que el público español asociaba la música cubana al bolero y al son y no al rock. Evidentemente Benito no hizo caso ya que la película iba de rockeros cubanos. Si alguien conoce alguna experiencia positiva de esta extraña conjunción de distribuidores asesorando guionistas, sería bueno que la comente.
Les dejo el Artículo completo para que le echen una mirada.
Saludos cordiales
Rosa Sophia Rodriguez
Artículo 12.- De la promoción y distribución de películas Las empresas Distribuidoras deberán cumplir con realizar los siguientes aportes:
a. Procurar mayor cantidad de copias de películas a efectos de poder abastecer adecuada y oportunamente a salas de cines en provincias, que incluirán necesariamente estrenos mundiales incluso con nuevas tecnologías en formato digital y 3D.
b. Apoyar la apertura de nuevos salas cinematográficas mediante publicidad en medios impresos.
c. Brindar asesoría comercial a las películas y proyectos cinematográficos nacionales, tanto en el análisis de guiones como en estrategias de lanzamiento y distribución, a aquellos que hayan obtenido los premios establecidos en la Ley 26370, así como a los que obtengan opinión favorable del CONACINE u otras instituciones que se establezcan en el reglamento.
d. Desarrollar una adecuada plataforma de distribución para las películas peruanas cuyos proyectos hayan obtenidos los premios establecidos en la Ley 26370, así como a los que obtengan opinión favorable del CONACINE o aquellos que por la trayectoria del productor y/o director y/o actores existan las condiciones necesarias para su distribución. En dichos casos cada empresa distribuidora distribuirá por lo menos dos películas peruanas por año, adicionalmente apoyará en el financiamiento requerido para las labores de publicidad, marketing, ventas, logística y administración, bajo las condiciones comerciales que se establecerán en cada caso particular.
e. Participarán de las acciones contra la piratería y defensa de los derechos de autor de la industria audiovisual, incluyendo acciones educativas, que sean promovidas por entidades públicas y privadas, tales como la Comisión Nacional de Lucha Contra la Piratería y Contrabando, Policía Nacional del Perú, Ministerio Público, Poder Judicial, Indecopi, entre otras.
f. Realizar talleres anuales y/o semestrales donde se tratarán temas específicos sobre el ámbito cinematográfico internacional, desde la óptica comercial de la distribución.
g. Apoyarán en la realización de Festivales de películas peruanas estrenadas, en coordinación con los exhibidores, Conacine, Cineastas y otras entidades vinculadas a la actividad cinematográfica.
1 comentario:
El gato de despensero...
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