viernes, 1 de enero de 2010

Sobre los proyectos de ley de cine

Me emplaza Gabriel Quispe a tomar posición con relación a los dos proyectos que se han presentado en el congreso en meses anteriores y lo voy a hacer. No rehuyo respuestas como si hacen los irresponsables que lanzan cargos y cuando se les responde de manera clara guardan absoluto silencio.

Quiero decirle a Gabriel, en primer lugar, que no he opinado acerca de todos los temas que tienen que ver con la actividad cinematográfica en el Perú, entre otras cosas porque desde hace más de tres años no escribo crítica ni tengo espacios periodísticos permanentes como los tuve durante 41 años. Claro, podría escribir con mayor frecuencia en este blog, pero por diversas razones lo hago sólo ocasionalmente y de manera especial me motivan las barbaridades que se escriben con la mayor impunidad. El asunto de los proyectos de ley, por otro lado, ha creado un debate más bien al interior de quienes están comprometidos con la actividad fílmica, que no es mi caso. No ha sido precisamente abundante ni mucho menos el eco periodístico que ese debate ha tenido.

Reconozco que esa omisión es cuestionable y que quienes participamos en el debate sobre el cine peruano en general debemos expresar nuestros puntos de vista cuando se trata de temas significativos y el de los proyectos es, sin duda, uno de ellos.

El proyecto 3091, que es el llamado proyecto Peralta, me parece más completo y mejor estructurado que el 3339, o proyecto Raffo, cuyo énfasis está en la eliminación del impuesto municipal y la entrega del 3% al fondo de administración encargado de organizar los concursos. Que este último, además, sea un proyecto promovido por las grandes empresas distribuidoras, que quieren librar a las salas del impuesto municipal para tener mayores ingresos, le da a la propuesta un origen francamente espurio. No se han caracterizado esas empresas ni aquí ni en otras partes por favorecer a las cinematografías locales.

Ahora bien, siendo más sólida la propuesta del congresista Peralta, creo que la entrega de un porcentaje del impuesto municipal para la producción fílmica y el impuesto, por pequeño que sea, a la televisión por cable, no tienen posibilidades de éxito. Y lo mismo, por supuesto, vale para la eliminación del impuesto municipal que propone la ley Raffo. Ni las municipalidades ni las empresas de cable van a aceptarlo y me temo que tienen todas las de ganar. Y ahí están los aportes cruciales de esos proyectos, pues los otros puntos que señala el proyecto Peralta pueden ajustarse, más o menos, a las disposiciones ya existentes. Personalmente creo que lo más realista sería retener lo que ya se tiene, incorporando algunos añadidos del proyecto 3091. Se puede corregir y mejorar la aplicación de los dispositivos vigentes y agregar otros que puedan ser complementarios.

Sobre el asunto gremial mi opinión es que deben unirse quienes tienen intereses económicos y laborales comunes (productores, directores, sonidistas, actores, etc.). No creo en los sindicatos ni en las asociaciones de críticos. Nadie vive de la crítica y ni siquiera de la prensa cinematográfica en nuestro país. A lo largo de los últimos 40 y más años, antes de la creación de la Asociación de la Prensa Cinematográfica (APRECI), los críticos (no todos) hicimos frente común en muchos casos ante situaciones concretas (censura, cortes de películas, COPROCI, etc.), creo que con mayor eficacia de la que haya podido tener la APRECI en los últimos tiempos. Esa es mi posición: la unión ante coyunturas concretas, pero sin cargos directivos, ni asambleas ni sellos. No soy un antigremialista pero no creo que tenga que aplicarse a todas las actividades y de manera particular a las prácticas intelectuales.

Por último, a quienes me quieren ver jubilado y descansando con mis nietos, les respondo que no tengo nietos, sino hijas chicas, y que quiero seguir en plena actividad al menos durante los próximos 40 años. Y espero que sean más.

Isaac León Frías

8 comentarios:

Anónimo dijo...

Disfruta tu Navidad y Año Nuevo oye! Puro hígado eres.

Anónimo dijo...

Tengo unas preguntas que quisiera se extiendan a quienes se sientan aludidos y puedan aclarar de manera muy sencilla y casi didáctica:


1) Tema Secretario Ejecutivo de Conacine.

Emilio Moscoso, secretario ejecutivo de Conacine, ¿cuánto tiempo lleva en el cargo? ¿Acaso el cargo es vitalicio?

Tengo entendido que las juntas directivas, los presidentes, y el resto que conforma Conacine cambia periódicamente, que existe un tiempo para el cargo.

¿El de Secretario Ejecutivo no es así? Si no lo es, ¿por qué no lo es?

¿Cuánto tiempo lleva el señor Moscoso en ese cargo?

¿Quién decide a qué personas llamar para integrar el jurado?



2) Tema Subcomisión Técnica.

Tengo entendido, corríjanme si me equivoco, que los proyectos que se presentan a concurso, luego de ser "evaluados" por la subcomisión técnica se dividen en 3 categorías: Alta, Media y Baja.

Si el trabajo de la subcomisión es agrupar según calidad, factibilidad u otros criterios, y por ende facilitar la futura labor del jurado elegido, ¿qué sentido tiene que el jurado lea la totalidad de los proyectos presentados?

Sería de mucho provecho saber qué criterio y qué función cumple la subcomisión técnica y en qué ayuda o facilita a la futura labor de los jurados.

¿No hay acaso unas notas hechas en cada proyecto por parte de la subcomisión? Si no es así, ¿por qué dividirlos en 3 grupos?



3) Tema Jurado.

Si se revisa rápidamente, sin siquiera demasiado detalle, se podrá observar que los jurados se repiten constantemente, ¿o me equivoco?

¿Acaso es una labor tan pesadillesca que solo un puñado de sacrificados asume llevarla a cabo? Si no es así, ¿por qué se repiten constantemente?

Hay ocasiones en que no pasan siquiera dos concursos de por medio y algún o algunos integrantes de un jurado se repiten, dupletean.



Y, para terminar, me escapo un poco de este tema, y solo extiendo una pregunta más:

"Nos hemos olvidado del incidente de la presidenta del Conacine Rosa María Oliart cuando fue parte del jurado en el Festival de Cine de Lima y "dice que dijo que La Teta Asustada debió ganar pero el miembro español del jurado no le vio las virtudes suficientes a la cinta, optando por La Nana. Cuando el español respondió desmintiendo a la presidenta de Conacine aludiendo que fue ella quien no respaldo la cinta de Claudia Llosa."

...Entonces...
Pregunto:

¿Rosa María Oliart aclaró ese tema, o los vientos del olvido acariciaron Lima por enésima vez y todos voltearon la cara como de costumbre, desviando la atención de ese tema, y poniendo otros tantos como relleno?

Ojalá puedan responder los aludidos, y puedan dar de manera sencilla , clara, y ordenada una explicación de cómo funciona todo, y cómo todo está muy legal.

Gracias anticipadas.

Anónimo dijo...

Las respuestas a las preguntas anteriores las da Christian Wiener citando la ley de cine.

LEY N° 26370 (LEY DE LA CINEMATOGRAFIA PERUANA)



Artículo 13.- El CONACINE convoca dos veces al año a un "Jurado del Concurso de Proyectos Cinematográficos de Largometraje" que determina, entre los proyectos presentados en ese período, cuales son los tres mejores que, en base a su calidad y factibilidad, merecen ser apoyados económicamente para su producción.

De no recibir proyectos de calidad suficiente, el Jurado no está obligado a entregar los premios, declarando desierta la premiación, sin la posibilidad de entregar este premio en el siguiente concurso del año, ni en los años siguientes.



Artículo 14.- El Jurado del Concurso de Proyectos Cinematográficos de Largometraje está conformado de la siguiente manera:

a) Dos (2) representantes del Ministerio de Educación, cuyos cargos serán renovados cada dos años;

b) Un crítico cinematográfico;

c) Un docente cinematográfico; y

d) Tres (3) notables de la cultura nacional.

Para la elección de los jurados de los incisos b), c) y d) se conforman grupos de cinco (5) críticos cinematográficos, cinco (5) docentes cinematográficos y quince (15) notables de la cultura nacional; de los cuales son elegidos los representantes, de cada uno de los grupos, por sorteo que se realizará una semana antes de evaluar los proyectos y una vez cerrado el plazo de entrega de los mismos.

Cada uno de los grupos a que se refiere el párrafo anterior será
renovado en su totalidad por el CONACINE en un plazo máximo de cinco (5) años.



Artículo 15.- Los premios de los tres proyectos ganadores del concurso de proyectos cinematográficos de largometraje son entregados a las respectivas empresas productoras para ser utilizados exclusivamente en la producción de las obras cinematográficas referidas.
El Jurado no podrá premiar más de un proyecto cinematográfico de largometraje de la misma empresa cinematográfica, anualmente.



REGLAMENTO 26370 (DECRETO SUPREMO NRO. 42-95-ED)



Artículo 13.- La Secretaría Ejecutiva es el órgano ejecutivo y administrativo de CONACINE, la misma que está a cargo de un Secretario Ejecutivo, quien es un profesional de la cinematografía y que desempeña su cargo a tiempo completo y dedicación exclusiva.



Artículo 14.- Son funciones de la Secretaría Ejecutiva:

a) Llevar y mantener el Registro Cinematográfico Nacional de acuerdo a lo señalado en el Artículo 9 del reglamento;

b) Brindar asesoramiento y apoyo técnico a los productores y directores en la etapa previa a la convocatoria de los Concursos, para la elaboración de los Proyectos y la documentación requerida por ellos;

c) Supervisar el desarrollo de los proyectos premiados en relación con las fechas previstas en los planes de producción, para los efectos de lo señalado en el Artículo 18 de la Ley;

d) Tramitar los asuntos que se sometan a conocimiento de las diversas instancias del CONACINE; y

e) Otras que le asigne el CONACINE.

Anónimo dijo...

Sobre la Comisión Técnica de calificación, la ley dice:

Artículo 15.- Son funciones de la Comisión Técnica de Calificación y Supervisión de Proyectos y Obras Cinematográficas:

a) Organizar la convocatoria de los Concursos de Proyectos de largometrajes y la de los Concursos de Obras cinematográficas de cortometraje;

b) Supervisar la instalación y coordinar el funcionamiento de los jurados respectivos, prestándoles las facilidades del caso y las garantías necesarias para el ejercicio de sus funciones en forma privada e imparcial; y

c) Calificar técnicamente los Proyectos cinematográficos de largometrajes y las obras cinematográficas de cortometraje que se presenten a concurso, con la finalidad de admitirlos o no, ajustándose a los señalado en la Ley y el Reglamento.



Artículo 16.- La Comisión Técnica de Calificación y Supervisión de Proyectos y Obras Cinematográficas esta conformada por dos Sub-Comisiones Técnicas, una de Calificación de Proyectos Cinematográficos de Largometraje y otra de Obras Cinematográficas de Cortometraje.

Los integrantes de las dos Subcomisiones son designados por el CONACINE para un período de un año, de entre los profesionales propuestos por sus respectivas organizaciones gremiales, debidamente inscritos en CONACINE, y que no participen en el respectivo Concurso.

La Sub-Comisión Técnica de Calificación del Concurso de Proyectos Cinematográficos de Largometrajes esta integrada por:

a) Un (1) Director de Producción.

b) Un (1) Director Cinematográfico.

c) Un (1) Guionista Cinematográfico.

La Sub-Comisión Técnica de Calificación del Concurso de Obras Cinematográficas de cortometraje esta integrada por:

a) Un (1) Director de Fotografía;

b) Un (1) Director de Sonido;

c) Un (1) Editor.

En los casos que los miembros de estas Subcomisiones tengan alguna participación en el proyecto o la obra que se califica, el CONACINE nombra su reemplazo dentro de la misma especialidad. En cada ocasión, las subcomisiones eligen a un Presidente de entre sus miembros. Los acuerdos que adopten son por mayoría simple.



Artículo 18.- Los fallos de las distintas comisiones e instancias que forman parte del CONACINE pueden apelarse ante la instancia máxima del órgano en un plazo no mayor de cinco (5) días del primer dictamen. Admitido el recurso, el CONACINE emite su fallo definitivo en un plazo no mayor de diez (10) días. Quedan excluidos de los alcances de este artículo los fallos de los Jurados de los concursos convocados al amparo de esta Ley.



Artículo 19.- Los miembros del CONACINE, los Jurados y las Comisiones perciben una dieta por cada sesión a la que asistan.



Artículo 39.- En acto público, el CONACINE realiza el sorteo de los miembros de los Jurados de los Concursos señalados en los Artículos 14 y 21 de la Ley.



Artículo 40.- Las calificaciones de los Jurados obedecen a criterios de calidad, aplicados por igual a todos los proyectos y obras, sin discriminación o consideración especial de ningún tipo. Las preferencias señaladas en los Artículos 16 y 23 de la Ley se refieren exclusivamente a los casos en que hubiera igualdad de calificación en la premiación entre una “Opera Prima” con otro proyecto u obra participante. (De no haber proyectos u obras “Opera Prima”, o que ninguno mereciera la calificación necesaria para ser premiado, el Jurado puede destinar todos los premios a los otros proyectos y obras que se presentan al mismo concurso).



Artículo 41.- Cada Jurado, una vez constituido, nombra de entre sus miembros al Presidente, que tiene voto dirimente. En ningún caso se declarar la situación de empate para un premio. Los fallos de los Jurados de los Concursos de Proyectos y de Obras Cinematográficas son inapelables.

Anónimo dijo...

No encuentro ninguna respuesta a las preguntas hechas.
Lo único que leo es la copia textual de un reglamento, en donde no se responde ni por asomo a alguno de los cuestionamientos realizados.
Creo que es momento de extender estas inquietudes no sólo a Rosa María Oliart, Emilio Moscoso, y demás personas que de alguna manera están o estuvieron relacionadas directa o indirectamente al Conacine.
Sería interesante también , si es posible claro, que el señor Isaac León Frías, y el resto de críticos que conforman este blog puedan ensayar algunas respuestas frente a las interrogantes formuladas.
O lo que se hará (como suele suceder) es enfríar el asunto y que pase al olvido para variar?
Creo que el asunto es simple, se dice que Conacine es una entidad completamente transparente, donde no hay nada extraño y que es capaz (como toda institución que nada debe y nada teme) de aguantar cualquier tipo de cuestionamiento.
Agradecería entonces puedan hacer frente a estas preguntas y responderlas como se debe, sin poner un reglamento bastante holgado y no del todo bien hecho debido a los vacíos que existen en él , sino con total simplicidad, ordenadamente y de manera didáctica pueda exponerse a toda una comunidad la manera en cómo el Consejo Nacional de Cinematografía hace su labor y es pues totalmente transparente.

Nuevamente gracias anticipadas.

Unknown dijo...

Más allá del tema de fondo, respecto del cual se puede discrepar o coincidir, creo que Isacc León Frías demuestra la honestidad intelectual y la coherencia que no tienen los que lo critican. Más bien Cordero, Castro Cobos y compañía parecen viejas vacas que no demuestran argumento alguno y se dedican a basurear a los demás sin proponer nada razonable.

Ojalá el 2010 señor León Frías pueda obtener algún espacio en el que pueda plasmar a un mayor público sus opiniones.

Luis Cruzalegui dijo...

Con las disculas del caso, creo que si van a seguir en este plancito, es inncesario que el señor Leon Frias tenga algún espacio.
Si ya en este espacio en el que escribe "ocasionalmente" solo se dedica a hacer descargos con mucho higado a personas que sabemos estan muy equivocadas, en lugar de usarlo para responder claramente, pero sobre todo sin higado, y sin ocasionar en el lector este malestar de estar precenciando desde afuera un pleito que hace mucho, dos, tres o cinco personas no pueden resolver o dejar atras por EGOS de talvez quién es el mejor crítico de cine en el perú, o quién aporto más, la viaja o la nueva crítica???
En serio señores, dediquence a otra cosa y dejen pleitos personales para otros espacios.
Está bien que pongan el tema del CONACINE en tapete, eso está perfecto, pero si para cada artículo sobre el mismo; Cordero manda una chiquita a León y en el siguiente, este último contesta otra vez al señor cordero, con el mismo desatino con este comenzó y por ahi aparece un tal Izaguirre, eso aburre.
Con el mayor respeto a este blog, del cual soy lector hace mucho tiempo, enrumben otra vez de manera correcta sus respuestas y este espacio.

Isaac León Frías dijo...

Respuesta al anónimo que envía un cuestionario de preguntas sobre CONACINE:
Ya he expresado mis opiniones, para algunos incluso en demasía, en los textos
que se han publicado en este blog en días anteriores. Sobre el cuestionario no
tengo nada que responder porque ni soy ni he sido miembro de ese organismo,
no estoy al tanto de su funcionamiento y actividades, más allá de lo que se hace
público, ni me corresponde decir nada sobre asuntos que en todo caso tendrían
que responder sus responsables.

Isaac León Frías